jueves, 26 de junio de 2008

RV: [RIMA] Ratifican que los médicos no deben informar sobre mujeres que abortaron

-----Mensaje original-----
De: rima-lista-bounces@tau.org.ar [mailto:rima-lista-bounces@tau.org.ar] En
nombre de Coord RIMA
Enviado el: lunes, 23 de junio de 2008 22:42
Para: Red Informativa de Mujeres de Argentina
Asunto: [RIMA] Ratifican que los médicos no deben informar sobre mujeres que
abortaron

Título:
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Publicado en: Rosario2.com
Fecha: 24 de junio de 2008
Difundido por RIMA - Red Informativa de Mujeres de Argentina


14:25 | martes, 24 de junio de 2008 Noticias | País

Ratifican que los médicos no deben informar sobre mujeres que abortaron

La Justicia sostuvo que los profesionales que atienden a mujeres por
complicaciones derivadas de la interrupción de un embarazo no están
obligados a notificar a las autoridades ya que están amparados por el
secreto profesional

La Justicia ratificó que los médicos que atienden a mujeres por
complicaciones derivadas de la interrupción de un embarazo no están
obligados a dar aviso a las autoridades ya que los ampara el secreto
profesional.

El fallo, dictado por la Sala Sexta de la Cámara del Crimen, exculpa a una
mujer que se autoinfligió un aborto y que, a causa de eso, corrió riesgo de
muerte. Los jueces entendieron que, en el caso de la mujer, "su presencia
ante el médico para tratar el aborto, que si bien provocó ahora no puede
controlar, en sus últimas consecuencias implica mostrar su cuerpo,
descubrirse en su más íntimo secreto, confesar su delito". En caso de
denunciar la situación ante la Justicia, se estaría violando la garantía
constitucional contra la autoincriminación.

El caso puntual analizado por los jueces ocurrió el 21 de noviembre de 2007.
Ese día un médico del hospital Santojanni, en Buenos Aires, atendió a una
mujer que llegó al centro asistencial "debido a complicaciones ocasionadas
por maniobras abortivas" y luego notificó a la policía sobre la situación.

Los camaristas ratificaron que "no puede instruirse sumario criminal en
contra de una mujer que haya causado su propio aborto, o consentido en que
otro se lo causare". De este modo, anularon la investigación que había
dispuesto en primera instancia el juzgado de instrucción número 44, a cargo
del magistrado Eduardo Daffis Nikilson.

"El médico que la atendió no tenía la obligación de denunciar a la autoridad
policial la existencia de las maniobras abortivas, ya que había tomado
conocimiento de ellas en el ejercicio de su profesión, correspondiendo, en
consecuencia, el respeto del secreto profesional", subraya el fallo. "Si una
mujer busca auxilio médico porque se siente herida en su organismo, a veces
con verdadero peligro de muerte, lo hace desesperada, acosada por la
necesidad, forzada a ello contra su propia voluntad", concluyeron los
camaristas.


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