martes, 24 de junio de 2008

RV: [RIMA] Casación: fallos opuestos sobre madres presas con hijxs

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-----Mensaje original-----
De: rima-lista-bounces@tau.org.ar [mailto:rima-lista-bounces@tau.org.ar] En
nombre de Gabriela Adelstein
Enviado el: jueves, 19 de junio de 2008 14:36
Para: RIMA Tau
Asunto: [RIMA] Casación: fallos opuestos sobre madres presas con hijxs


http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-106265-2008-06-19.html
publicado en Página/12
fecha: jueves 19 de junio de 2008
difundido por RIMA - Red Informativa de Mujeres de Argentina


FALLOS OPUESTOS SOBRE MADRES PRESAS CON HIJOS

Un debate con los niños de rehenes


Dos fallos reavivaron ayer las diferentes posturas dentro de la Justicia
sobre los derechos de las madres encarceladas que exigen la prisión
domiciliaria para cuidar de sus hijos. La Cámara Nacional de Casación Penal
rechazó conceder este beneficio a una madre en Bahía Blanca, argumentando
que esa separación familiar "es una consecuencia no buscada pero inherente a
toda condena de pena privativa de la libertad ejecutada en una
penitenciaría". Sin embargo, la Cámara Nacional de Apelación en lo Criminal
decidió otorgar la prisión domiciliaria a una mujer embarazada y con tres
niños para evitar el "desmembramiento del grupo familiar".

En el primer caso, el defensor oficial Juan Carlos Sambucetti invocó ante la
Cámara de Casación la Convención sobre los Derechos del Niño y la necesidad
de atender el "interés superior de los hijos". La mujer en cuestión, cuyas
iniciales son E.C., cumple una condena de seis años y cuatro meses de
prisión en un penal de Bahía Blanca y había fundamentado su pedido en que
los niños están a cargo de sus abuelos maternos, que tienen "avanzada edad"
y escasos recursos económicos. Además, se desconoce el paradero del padre de
los menores.

Su pedido de prisión domiciliaria fue rechazado por un tribunal oral de
Bahía Blanca porque, según aseguraron los magistrados, no encuadraba en las
previsiones de la ley 24.660, que establece esa posibilidad para detenidos
mayores de 70 años o con enfermedad incurable en estado Terminal. La sala II
de la Cámara Nacional de Casación confirmó esta resolución y en su sentencia
admitió haber otorgado en otros casos el beneficio dejando de lado esos
requisitos, pero acotó que se trataba de mujeres embarazadas o con hijos
recién nacidos. Los camaristas Luis Cabral, Gustavo Mitchell, Guillermo
Yacobucci y Luis Cabral destacaron que, de conceder la prisión domiciliaria,
E.C. tampoco podría ofrecerles protección a sus hijos fuera de las paredes
de su casa.

El segundo caso es el de una mujer de 27 años, M.R.E.M. según sus iniciales,
que está imputada del delito de hurto en grado de tentativa. M.R.E.M está
embarazada, tiene tres niñas (de 3, 4 y 10 años) y su marido también cumple
condena por la misma causa. Dos de las menores viven con sus abuelos y la
más pequeña, que está por cumplir los cuatro, deberá abandonar la unidad 31
de mujeres donde está detenida su madre. Patrocinada por su defensora
oficial, Cecilia Mage, la mujer presentó un recurso contra un fallo que
había rechazado su pedido.

La sala cuatro de la Cámara Nacional de Apelaciones, integrada por Alberto
Seijas, Mariana González Palazzo y Carlos González, revocó la decisión de
primera instancia y concedió el beneficio para evitar la adaptación de las
menores al medio carcelario y favorecer su desarrollo integral. De lo
contrario, acotaron, la permanencia de M.R.E.M. en la prisión "irroga la
pérdida de contacto cotidiano con sus hijos de corta edad sumándosele, en
caso de permanecer allí luego de dar a luz, la separación del recién nacido
de sus hermanos, con el consecuente desmembramiento del grupo familiar".

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